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A UN document in Spanish is lying on a table, a pen on top of it.

Procesamiento de documentos

La Sección de Gestión de Documentos (SGD) procesa los documentos oficiales, siempre que exista un mandato legislativo vinculado a un derecho presupuestario, que puede basarse en una decisión aprobada y refrendada por un órgano matriz competente o bien emanar de un mandato permanente de conformidad con los reglamentos aplicables.

El mandato determina la categoría —por ejemplo, si procede o no de la Secretaría, si es una contribución de un Estado miembro u otros—, y el tipo de documento —es decir, si se trata de documentación previa o posterior al período de sesiones o de un documento del período de sesiones. En función de la categoría y el tipo de documento, se aplican diferentes pautas de procesamiento y limitaciones del número de palabras.

Las previsiones relativas a documentos previos al período de sesiones con mandato oficial en vigor se presentan dos veces al año, en dos ciclos: en la primera semana de abril para los períodos de sesiones que se celebren entre el 10 de julio y el 8 de enero del año siguiente y en la primera semana de octubre para aquellos que se celebren entre el 9 de enero y el 9 de julio. La Dependencia de Planificación de la SGD valida y aprueba las previsiones presentadas por las secretarías sustantivas. La previsión deberá confirmarse a más tardar 14 semanas antes de la apertura del período de sesiones en el que vaya a examinarse el documento. Después de esta fase no podrán modificarse las previsiones. Los documentos para los que exista un mandato que no se hayan incluido en las previsiones se tramitarán en función de la capacidad disponible.

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Preparación

Las secretarías sustantivas preparan los documentos previos y posteriores a los períodos de sesiones, respetando:

  • el límite de palabras: 8.500 palabras para los documentos procedentes de la Secretaría, 10.700 para los documentos presentados por órganos intergubernamentales o por relatores especiales o titulares de mandatos;
  • la necesidad de declarar el texto retomado de documentos oficiales de las Naciones Unidas publicados anteriormente; y
  • las normas de edición de las Naciones Unidas, siguiendo las directrices del Manual de edición de las Naciones Unidas en línea.

La secretaría sustantiva presenta el documento a través de gDoc.

Presentación
  • Los documentos previos al período de sesiones, como los programas provisionales, los programas de trabajo o los informes de la Secretaría, se presentarán diez semanas antes de la fecha prevista del período de sesiones o del examen del informe (a no ser que se haya adoptado otra pauta).
  • Los documentos que se examinarán durante el período de sesiones, como proyectos de resolución y decisión, se presentarán durante el mismo. Deberán ser lo más breves posible (máx. 3.300 palabras) y estarán sujetos a un plazo de 48 o 24 horas.
  • Los documentos posteriores al período de sesiones, que se redactan tras la clausura de este, por ejemplo los informes finales de las sesiones y las resoluciones y decisiones aprobadas, deberán presentarse poco después de la fecha de clausura del período de sesiones, preferiblemente en un plazo de dos semanas.
  • La SGD verificará el mandato legislativo y los derechos presupuestarios, cotejará los plazos de presentación y escalonará la presentación en función de las fechas de examen. En caso de fuerza mayor, la SGD también gestiona la asignación tardía de fechas.
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Publicación
  • Cuando se ha registrado, se asigna el documento a las secciones o dependencias pertinentes para su procesamiento. Una vez traducido, se da formato al documento y se prepara para su publicación.
  • Los documentos se publican simultáneamente en todos los idiomas aplicables y se incorporan al Sistema de Archivo de Documentos (ODS).
  • De conformidad con los procedimientos aplicables, la Sección de Imprenta imprime los documentos. A continuación, la Sección de Distribución los distribuye de acuerdo con la solicitud registrada inicialmente en gDoc.

Procesamiento de una publicación

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Preparación
  • La Sección de Gestión de Documentos procesa las publicaciones oficiales aprobadas por la Junta de Publicaciones, el órgano de la Secretaría de las Naciones Unidas encargado de establecer las políticas y normas editoriales de la Secretaría de las Naciones Unidas. Las publicaciones oficiales se publican atendiendo a mandatos legislativos o peticiones de órganos intergubernamentales u órganos de expertos, o cuando los departamentos autores las consideran necesarias para cumplir el trabajo o el mandato de su oficina.
  • Todas las publicaciones de las Naciones Unidas deben incluirse en el programa de publicaciones. En el último trimestre de cada año, a petición de la Junta de Publicaciones, los departamentos autores presentan su programa anual de publicaciones para el año siguiente (por ejemplo, en 2024, los departamentos autores presentarán las publicaciones que deban tramitarse en 2026 para que la Junta las apruebe), a través del módulo de publicaciones de gDoc 2.0.
  • Si desea imprimir publicaciones para las que no existe un mandato oficial, puede ponerse en contacto directamente con la Sección de Imprenta. En ese caso, los gastos correrán a cargo de la oficina que las presente.
Presentación
  • Se recomienda encarecidamente que se incluya en las previsiones la traducción de las publicaciones de las Naciones Unidas. Los departamentos autores deberán ponerse en contacto con la Dependencia de Planificación de la SGD en cuanto dispongan de la información pertinente para evaluar la extensión del texto, el momento de presentación y el plazo de finalización solicitado.
  • La Dependencia de Planificación de la SGD negociará las fechas de publicación con las entidades que presenten los documentos, el Servicio de Idiomas, si procede, y los equipos de diseño, impresión y distribución.
  • Al menos un mes antes de la fecha prevista de presentación, la entidad cumplimentará el cuestionario para la Sección de Ventas y Comercialización de Publicaciones de las Naciones Unidas en Nueva York, utilizando su nombre de usuario y contraseña de Unite ID.
  • A continuación, se deberá cumplimentar y autorizar un formulario de Demande d'impression (DI) (que se puede encontrar en la Sección de Gestión de Documentos).
  • La entidad solicitará un número ISSN (para las publicaciones seriadas) y un número eISSN (para las publicaciones en línea) al Centro Internacional del ISSN, en https://portal.issn.org/.
  • Dos semanas antes de la presentación, la entidad enviará por correo electrónico la solicitud autorizada y la respuesta de la Sección de Ventas y Comercialización de Publicaciones a la SGD, a la dirección dms-coordination@un.org.
  • La publicación se enviará a través de gDoc utilizando la misma identificación que en la previsión, cuando proceda.
Publicación
  • Antes de que una publicación pueda imprimirse, el departamento que la haya presentado recibirá de la Sección de Imprenta un "Bon à tirer" (BAT) con una versión en PDF lista para imprimir, que deberá ser aprobada en el plazo de una semana. Si es necesario realizar algún cambio en la maquetación, la Sección de Imprenta enviará un segundo BAT con la nueva maquetación.
  • Una vez que se haya probado, la publicación se enviará a la imprenta.
  • Si se requiere traducción, deberá presentarse a través de gDoc una versión editable del texto final listo para imprimir, basada en la versión definitiva cuyo BAT se aprobó. Debe etiquetarse como "Texto definitivo". Cuando proceda, en el documento que se presente para traducir se deberá marcar el texto que se haya traducido previamente.
  • Los autores recibirán una copia del texto traducido antes de darle el formato final, para que sea posible intercambiar comentarios sobre el lenguaje y la terminología. Los autores disponen de cinco días laborables para completar este proceso. Esta será la única oportunidad de realizar cambios en los idiomas de destino.
  • A continuación, el texto traducido pasará por el mismo procedimiento de obtención del BAT que la publicación original.
  • La Sección de Distribución distribuye las publicaciones de acuerdo con la solicitud registrada inicialmente en gDoc.

Distribución de documentos oficiales de las Naciones Unidas


 

La Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra es responsable de distribuir los documentos y publicaciones oficiales de las Naciones Unidas, de mantener las existencias de documentos y de prestar servicios relacionados con la documentación que sean de calidad, puntuales, eficientes, eficaces en función de los costos y ambientalmente sostenibles.

Los documentos se distribuyen en función de las necesidades de las reuniones o conferencias, las oficinas sustantivas, las misiones permanentes, las listas oficiales de correo o distribución y los clientes individuales.

Los documentos se distribuyen en los mostradores de distribución. También pueden imprimirse desde el Sistema de Archivo de Documentos en el Cyber Corner ubicado en el mostrador de distribución de la Puerta 40.

Servicio de asistencia a delegados e impresión a demanda
Lunes a viernes: 08.30 - 12.30 y 13.30 - 17.30

Ubicación del mostrador:
Mostrador principal
Edificio E / Puerta 40

Contacto:
Teléfono: +41 22 917 49 00
Correo electrónico: distribution-counters@un.org

Preguntas frecuentes

En las Normas para el Control y la Limitación de la Documentación (ST/AI/189/Add.3/Rev.2) se definen los documentos y las publicaciones, y se establece que un documento es un texto sometido a la consideración de un órgano principal o de un órgano subsidiario de las Naciones Unidas, generalmente en relación con uno o varios temas de su programa. Los documentos de las Naciones Unidas se publican para los órganos intergubernamentales o bajo la autoridad de estos con una signatura de las Naciones Unidas e incluyen todos los documentos oficiales y actas de reuniones de los órganos o conferencias de las Naciones Unidas. La atribución en los documentos de las Naciones Unidas se rige por normas y prácticas establecidas bajo la autoridad del Departamento de la Asamblea General y de Gestión de Conferencias. Los documentos de las Naciones Unidas llevan normalmente, además de un título correspondiente al tema del programa, un subtítulo que indica la entidad o el funcionario responsable de la presentación del documento. En los documentos preparados para un órgano que no tiene programa para el período de sesiones, esa información puede figurar en el título principal.

El término “publicación de las Naciones Unidas” se refiere a cualquier material escrito publicado por o para las Naciones Unidas, destinado al público general. Como ejemplos de publicaciones de las Naciones Unidas, cabe citar los principales estudios e informes, monografías, volúmenes editados, compilaciones estadísticas, actas de conferencias, revistas, publicaciones seriadas como los anuarios, compilaciones de tratados (United Nations Treaty Series) y otras publicaciones de derecho internacional. Las publicaciones de las Naciones Unidas se elaboran, en general, atendiendo a mandatos legislativos o peticiones de órganos intergubernamentales. Pueden distribuirse gratuitamente o previo pago. Si se venden, a las publicaciones de las Naciones Unidas se les asigna un número internacional normalizado de libros (ISBN/eISBN) o, en el caso de las publicaciones seriadas y periódicas, un número internacional normalizado de publicaciones seriadas (ISSN/eISSN). Pueden publicarse en formato impreso o electrónico, incluso como aplicaciones para móviles, y en cualquier otro formato o medio a medida que evolucione la tecnología.

Si quien presenta el documento sabe de antemano que va a llegar con retraso, puede ponerse en contacto con la Sección de Gestión de Documentos y negociar una asignación de fecha tardía. Si la demora no estaba prevista, el documento se tramitará en función de la capacidad disponible sin compromiso en cuanto a la fecha de publicación. Si el documento tiene una fecha de publicación asignada, el retraso quedará reflejado en la tasa oficial de cumplimiento de plazos del departamento autor.

Si mientras se está procesando un documento se advierte que es necesario hacer una corrección, se puede incluir la información pertinente. En ese caso debe presentarse un nuevo archivo original definitivo a la Sección de Gestión de Documentos. Si la corrección se comunica cuando el documento ya ha sido publicado, será necesaria una revisión o una corrección oficial.