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¿Qué es la Junta de Publicaciones?

El Secretario General, con objeto de aumentar la eficacia y eficiencia de las actividades editoriales de las Naciones Unidas en la ejecución de los mandatos de los órganos intergubernamentales, dispuso la creación de la Junta de Publicaciones mediante el documento ST/SGB/2012/2. El objetivo de la Junta de Publicaciones es fijar las políticas y normas de la Secretaría en materia de publicación, también para las oficinas fuera de la Sede y las comisiones regionales, de modo que:

  • Las publicaciones de las Naciones Unidas sigan siendo una fuente de información de alta calidad, pertinente y oportuna para los Estados Miembros, los responsables de formular políticas, los profesionales, los académicos y el público en general.
  • Las actividades y prácticas editoriales de las Naciones Unidas se ajusten a los objetivos y prioridades generales de la Organización en lo que respecta a pertinencia, comerciabilidad, difusión, producción, costoeficacia y conservación.

La función de la Junta de Publicaciones es determinar las políticas que rigen la elaboración, producción, distribución y venta de documentos, así como coordinar la planificación y supervisar la ejecución del programa de publicaciones.

Solo esas publicaciones tienen prioridad, y esos títulos se procesarán —es decir, se traducirán a todos los idiomas obligatorios y se imprimirán— sin costo alguno para el departamento autor. Una vez incluida una publicación en el programa de publicaciones, no podrá introducirse ningún cambio sin la autorización de la Junta de Publicaciones. En caso de que los departamentos autores necesiten añadir un título o introducir un cambio en un punto del programa de publicaciones, como la aplicación de un nuevo mandato de un organismo intergubernamental, deberá presentarse una solicitud detallada a la Secretaría de la Junta de Publicaciones para que esta la apruebe.