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Tras un referéndum en marzo de 2002, Suiza se convirtió el 10 de septiembre de 2002 en el 190º Estado Miembro de las Naciones Unidas. Antes de incorporarse como miembro de pleno derecho, el país anfitrión era observador permanente ante la Organización, así como miembro activo de muchos de sus organismos especializados, programas, fondos y la Conferencia de Desarme.

La relación entre las Naciones Unidas y Suiza se rige por el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas concluido el 19 de abril de 1946. Para más información sobre el Acuerdo del País Anfitrión, consulte la sección dedicada al Enlace Legal en el Capítulo sobre El Director General.

Con la Oficina del Director General como interlocutor central, la ONUG mantiene relaciones estrechas y constructivas con las autoridades suizas tanto a nivel federal como cantonal. El Director General de la ONUG se reúne regularmente con las autoridades suizas correspondientes para revisar asuntos de interés mutuo. Muchas preguntas se relacionan con el Acuerdo de País Anfitrión. Estos incluyen el estado de la Organización y su personal; la aplicación de los acuerdos internacionales relativos a los privilegios e inmunidades tanto de las Naciones Unidas como de las misiones diplomáticas acreditadas ante ellas; asuntos de seguridad; la planificación y diseño de las condiciones físicas de los organismos internacionales; y actividades conjuntas en los campos cultural y social.

Los asuntos relacionados con el Acuerdo del País Anfitrión también son abordados por el Comité Diplomático, que incluye un representante del País Anfitrión.

Recursos del país anfitrión

Comité diplomático

El Comité Diplomático es un foro tripartito de consulta y discusión de todos los temas que tienen un impacto en el trabajo de la comunidad diplomática en Ginebra. Se esfuerza por promover y fortalecer las relaciones entre el país anfitrión, la comunidad diplomática en Ginebra y la ONUG.

El Comité, que se reúne periódicamente, está compuesto por dos representantes a nivel de embajadores designados por cada grupo regional, así como el representante de China. El Presidente del Comité es elegido de entre los miembros por rotación geográfica por un período de un año, a partir del 1 de enero de cada año calendario. También se elige un Vicepresidente para actuar en ausencia del Presidente y automáticamente asume la presidencia en el año siguiente.

El Comité podrá considerar todas las cuestiones de interés general, incluidos los privilegios e inmunidades, la vivienda, el transporte y los seguros, con miras a expresar opiniones y proponer soluciones al país anfitrión o al Director General de la ONUG. El Comité también podrá discutir con el país anfitrión la cuestión de la seguridad de las misiones y su personal.

Representantes del país anfitrión participan regularmente en las reuniones del Comité. El Director General de la ONUG, el Jefe del Servicio de Protocolo y Enlace y el Asesor Jurídico de la ONUG también participan en la labor del Comité. A este respecto, le brindan la asistencia necesaria y señalan a su atención cuestiones de interés mutuo relativas al Acuerdo relativo a la Sede concertado por las organizaciones internacionales y el Consejo Federal Suizo en abril de 1996.