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La Ley de amnistía en Venezuela debe excluir a los acusados de crímenes de lesa humanidad, advierten expertos

La ley de amnistía propuesta en Venezuela debe aplicarse a todas las víctimas de enjuiciamiento ilegal y excluir expresamente a los acusados de violaciones graves de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, advirtieron expertos* en derechos humanos de las Naciones Unidas.
“El alcance de la ley debe limitarse a las víctimas de violaciones de los derechos humanos y excluir expresamente a los acusados de violaciones graves de los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, incluidos los actores estatales, paramilitares y no estatales”, afirmaron los expertos.
Los relatores señalaron que el proyecto de ley de amnistía, reconciliación y reunificación nacional, presentado ante la Asamblea Nacional y hecho público el 6 de febrero de 2026, podría ser “crucial para las víctimas y sus familias, y para la sociedad venezolana en su conjunto”. Sin embargo, advirtieron que “a quienes se vieron obligados a exiliarse debido a la persecución no se les debería exigir que regresen hasta que se determine claramente la aplicabilidad de la amnistía a sus casos”.
Para ser efectivo, el proyecto debe reconocer “explícitamente a todas las personas que fueron detenidas o procesadas arbitrariamente por ejercer sus derechos a la libertad de expresión, opinión, reunión, asociación e información, incluidos los defensores de los derechos humanos”.
Desmantelar el aparato de persecución de la disidencia
Los expertos destacaron que las víctimas y la sociedad civil deben poder “ejercer la supervisión efectiva del proceso de amnistía para garantizar el cumplimiento de las normas internacionales y evitar cualquier instrumentalización o aplicación indebida de la ley”.
El comunicado de los relatores subraya que la ley debe integrarse en un proceso integral de justicia transicional que incluya “la búsqueda de la verdad, la rendición de cuentas y la reparación por las graves violaciones de los derechos humanos sufridas durante décadas”. Además, este proceso debe contemplar “reformas institucionales y jurídicas dirigidas a desmantelar el aparato que permitió esas violaciones, incluido el marco jurídico utilizado para perseguir la disidencia, y a impedir de manera efectiva que se repitan”.
Finalmente, los expertos pidieron “la liberación inmediata e incondicional de todas las personas detenidas arbitrariamente en Venezuela, incluidos los defensores de los derechos humanos, así como la revelación de la suerte y el paradero de todas las personas que siguen registradas como desaparecidas”.
Los relatores han estado en contacto con el Gobierno de Venezuela.
*Los expertos :
- Bernard Duhaime, del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición (www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-truth-justice-reparation-and-non-recurrence)
- Irene Khan, Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-freedom-of-opinion-and-expression)
- Gina Romero, del Relatora Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación (www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-freedom-of-assembly-and-association)
- Mary Lawlor, del Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos (www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-human-rights-defenders)
- Gabriella Citroni, del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias (www.ohchr.org/es/special-procedures/wg-disappearances)
- Margaret Satterthwaite, Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados (https://www.ohchr.org/en/special-procedures/sr-independence-of-judges-and-lawyers)
Los relatores especiales/expertos independientes/grupos de trabajo son expertos independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. En conjunto, estos expertos se denominan procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Aunque la Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas actúa como secretaría de los Procedimientos Especiales, los expertos actúan a título individual y son independientes de cualquier gobierno u organización, incluidas la OACNUDH y las Naciones Unidas. Cualquier punto de vista u opinión presentados son exclusivamente los del autor y no representan necesariamente los de la ONU o de la OACNUDH.
Las observaciones y recomendaciones específicas por país de los mecanismos de derechos humanos de la ONU, incluidos los procedimientos especiales, los órganos de tratados y el Examen Periódico Universal, pueden consultarse en el Índice Universal de los Derechos Humanos https://uhri.ohchr.org/es/.